| Videovigilancia |
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| Escrito por El equipo de BHT. |
| Martes, 29 de Septiembre de 2009 12:03 |
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La instalación y utilización de sistemas de videovigilancia es una práctica cada vez más habitual en empresas, hogares o cualquier tipo de establecimiento, ya sea para la grabación de imágenes o para su supervisión en tiempo real. Esto se debe al aumento de robos y de asaltos realizados por bandas organizadas, tanto en casas particulares como en empresas, ya que el citado sistema de seguridad permite inmortalizar todo lo ocurrida en el lugar, permitiendo prevenir el hurto o atraco, o utilizar las imágenes a posteriori como prueba para las futuras investigaciones policiales. La integración de los sistemas de videovigilancia con el sistema domótico o inmótico, así como con una central de alarmas o un sistema de control de accesos, le permitirá disfrutar de funciones avanzadas, aumentando tanto la seguridad como el confort, ya que los sistemas de video también se podrán usar como herramienta de comunicación, ya que incluso podrá realizar videoconferencias en tiempo real, mantener reuniones de trabajo, tomar decisiones a partir de la observación, o incluso podrá gozar de sus hijos o cónyuges en caso de estar fuera de su vivienda. En BHT Ingenieros ofrecemos sistemas adaptados para cada cliente, con especial interés en interactuar distintos sistemas para conseguir proyectos con mejores prestaciones y servicios. Realizamos un estudio a su medida. Somos capaces de desarrollar desde proyectos muy sencillos y económicos hasta sistemas de alta seguirad, cubriento por tanto necesitades para todo tipo de clientes, como:
Conocer al detalle lo que ocurre en su vivienda o empresa ya no tiene secretos, pues podrá mantener un contacto visual las 24 horas del día, si lo considera oportuno. Los avances tecnológicos han permitido poder capturar imágenes o vídeos en condiciones meteorológicas adversas, incluso en situaciones de poca luminosidad o nula. En BHT Ingenieros disponemos de distintos tipos de cámaras, ya sean analógicas o ip, interiores o exteriores, domo, con servidor web incorporado, con ranuras para almacenamiento de imágenes o videos de forma local, con distintos formatos de compresión según requerimientos del sistema, con visión nocturna, con protección antivandálica, “invisibles”, inalámbricas, con alimentación PoE, conexión PLC, etc. Podrá visualizar las imágenes capturadas por las cámaras de forma local, desde la TV, PC o similar, o remota, con cualquier dispositivo con conexión a Internet, o simplemente, desde su terminal móvil. Disponga de un CCTV de la forma más fácil y sencilla. También podrá configurar las alertas, recibiendo un aviso en caso de producirse cualquier situación “peligrosa”, otorgándole la potestad de tomar las medidas que usted considere necesarias, o confiarle al sistema la virtud de actuar por sí mismo, ante situaciones pre-establecidas. Recibirá dichas alertas en su teléfono móvil o cualquier otro dispositivo con conexión a Internet, ya que el sistema generará mensajes de aviso por correo electrónico, sms y/o audio. La configuración horaria le será muy útil para establecer cuando estarán las cámaras vigilando, y cómo deberán reaccionar ante cualquier situación. Existen infinidad de aplicaciones adicionales que requieren de un sistema de videovigilancia, tales como:
Los sistemas avanzados de videovigilancia disponen de detectores de movimiento integrados en las propias cámaras, para conseguir optimizar las capturas realizadas y almacenar solamente los eventos que se producen en el campo de visión de ésta, reduciendo por tanto, el volumen de datos almacenado, que se había convertido en un problema. ¡Basta ya de falsas alarmas! Cualquier evento que haga saltar el sistema de alarmas, podrá ser verificado con imágenes, en tiempo real, y le permitirá tomar las medidas oportunas, como puede ser alertar a las Fuerzas de Seguridad. Como complemento, existen nuevos métodos de clasificación y recuperación de las imágenes o grabaciones generadas, que permiten buscar el archivo de vídeo no solo por la fecha, hora y minuto, sino que también por el contenido del fotograma, los eventos que se programen, por la cámara, por alarmas producidas, por situación en el mapa, ect. Los usuarios de un sistema de seguridad requieren Interfaces intuitivas y fáciles de utilizar, con posibilidades de personalización y capacidad para tomar decisiones de forma rápida. En BHT Ingenieros le podremos asesorar acerca del sistema que más le interesa, tras conocer sus requerimientos y necesidades, asegurando que sólo las personas autorizadas tendrán acceso al sistema, pudiendo establecer distintos niveles de seguridad. Una vez explicadas las posibilidades de captura, supervisión, y gestión de las imágenes o vídeos, les vamos a informar de las funciones avanzadas que se pueden conseguir al realizar un tratamiento de las mismas mediante un PC. Cabe resaltar que no se requiere de un ordenador para el correcto funcionamiento del sistema, pues muchas de las cámaras funcionan de manera autónoma, y disponen de un servidor integrado que permite una conexión directa con la misma, para acceder a sus grabaciones, o manejarla en caso de ser domo. La inclusión de la computadora en el sistema se requiere para dotarlo de nuevas funciones avanzadas, tales como:
Un aspecto muy a tener en cuenta es el cumplimiento de la Ley en materia de protección de datos personales. El equipo de BHT conoce al detalle la normativa actual (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de los datos de carácter personal – LOPD, así como la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras), y le informará y asesorará de las soluciones aplicables dentro de la legalidad. Los aspectos básicos a tener en cuenta son los siguientes:
¿El uso de una videocámara para grabar imágenes de la vida familiar está sometido a la Instrucción 1/2006? No, la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de los datos de carácter personal, y por tanto también lo dispuesto en la Instrucción no se aplica al tratamiento de imágenes por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas, incluidos actos sociales como celebraciones escolares o colectivas. Ahora bien, si las videocámaras se instalan con la finalidad de garantizar la seguridad de la vivienda sí deberá cumplirse lo dispuesto en la Instrucción 1/2006, particularmente cuando se trate de espacios comunes en comunidades de vecinos, urbanizaciones privadas o cuando afecte al personal que presta sus servicios en el interior del domicilio. ¿Y si no se graban las imágenes sino que se emiten en circuito cerrado bajo control de un empleado de seguridad? En este caso no existiría un fichero ni la obligación de inscripción pero sí un tratamiento y el deber de cumplir con todas las restantes obligaciones. En particular debe informarse siempre mediante el cartel informativo. ¿Se entiende por uso particular y/o doméstico la instalación de una cámara por una persona en su domicilio para vigilar las tareas de quien realiza tareas de limpieza o cuidado de niños? El artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores (E.T.) habilita al empleador al tratamiento de las imágenes de sus trabajadores. Es imprescindible que, al menos, los trabajadores sean informados al respecto. Por tanto, en principio, siempre que estos trabajadores sean informados se pueden instalar cámaras para controlar su actividad dentro del domicilio. No hay que olvidar que siempre habrá que tener en cuenta la proporcionalidad entre la finalidad y el tratamiento. Para cualquier consulta, no dude en ponerse en contacto con BHT. |
| Última actualización el Martes, 24 de Noviembre de 2009 15:23 |
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